lunes, 22 de febrero de 2010

Hoy Ten Miedo de Mí--canción recién descubierta x mí

Así de casualidad, como sin querer queriendo encuentro música desconocida en youtube.

La semana pasada buscaba Hoy te Toca Ser Feliz de Mago de OZ una canción que me busca muchísimo y entre mis resultados apareció Hoy ten miedo de mí, de Fernando Delgadillo y como "yo no conocer" ningún Fernando ni Delgadillo ni gordillo, pues le di al link para saber quien era y me encontré con que la canción me gustó, me pareció intensa y fuera de serie, la cuelgo aquí para que la puedan escuchar.



Fernando Delgadillo es un cantautor mexicano, que desde 1992 graba música profesionalmente, su último album es Desde la Isla del Olvido y está en preventa en su página: http://www.fdelgadillo.com.mx/

sábado, 20 de febrero de 2010

Encuentros y Desencuentros

Tengo de ti un "i like you", el recuerdo de un enojo, varios mágicos momentos, un número al que no contestas, encuentros y desencuentros.

¿Por qué si llego te marchas? si decido subir bajas, si te llamo no contestas, si llamas no oigo a tiempo. Si tú estás ocupado soy pájaro en libertad y estoy en brazos de alguien cuando quedas en soledad. Lo cierto es que nuestros tiempos no se pueden encontrar.

No tengo nada de ti. Quiero y no quiero de ti; pero hay algo de ti en mí: un sentimiento confuso que hace que aquí me quede aún queriendo escapar.

Tengo miedo de perderme en tus bellos ojos negros, que te metas en mis sueños y no poder sacarte de ellos. No deshojo margaritas porque ya no estoy chiquita, pero sin dudas yo quiero más que un par de palabritas: algo que me deje claro lo que sientes en verdad.

lunes, 15 de febrero de 2010

Por fin los horarios de clases!

Tres días antes de las inscripciones ya estaban publicados los horarios de clases para Relaciones Internacionales, lo cual nos será útil para ponernos de acuerdo con nuestros compañeros y ver en que horarios vamos a inscribir. Aquí les dejo el link: https://www.academica.ues.edu.sv/anuncios/jrycs/2010I/Horario_clases_I-2010-RRII.pdf

Buena suerte con la inscripción. Que tengan los horarios que desean.

miércoles, 10 de febrero de 2010

10 formas de asesinar un romance

En este mes dedicado al amor y la amistad, considero oportuno dejarles esta información que encontré hace tiempo en La Prensa Gráfica.


Creo que todos coincidirán en que encontrar pareja no es muy difícil, pero sí lo es encontrar el amor y mucho más mantener una relación estable. Pero ¿Por qué cuesta tanto encontrar el amor? Lo que sucede es que algunos comienzan las relaciones asumiendo actitudes como las que menciono a continuación, las cuales no permiten que el sentimiento florezca sino que las minan desde un comienzo.


1 No hacerlo partícipe de su vida

Si no lo involucra en sus asuntos personales, como el trabajo,la familia, las crisis emocionales, no le ayudará a establecer una relación afectiva.Si no lo hace no podrá saber si fueron hechos el uno para el otro. Por ejemplo, si se va de paseo con sus amigos y no lleva a sunovia/o o si se va sin participarle, su pareja pensará que es un cero a la izquierda. Recuerde la palabra clave: “Involucrarse”.



2 Cero comparaciones

Jamás comience a hablar de las relaciones pasadas cuando apenas está iniciando una linda relación, ya que las comparaciones son el peor de los temas de conversación para conocerse. Lo más recomendable es que ambos sean lo suficientemente maduros como para que identifiquen lo que llenó el corazón con anterioridad y que hoy en día —con la nueva relación— también lo hace.



3 Frecuentar al/la ex novio/a

Esto a la larga trae como consecuencia la idea que aún sigue atrapado de esa persona, que siempre tiene un interés por estar con ella. Eso quita el tiempo que mejor pudiera invertir en la nueva relación. A lo mejor es su media naranja y la deja ir por ser tan frívolo.


4 Creer que su pareja le pertenece

Por el contrario, esa es una de las cosas que menos tiene que pensar. Recuerde que esa persona cuando la conoció tenía amigos, familia, actividades de vida, como ir al gym, salir a pasear con compañeros de trabajo, por ello si se porta como un posesivo obsesivo caerá en el error de que esa persona que dice amar lo termine repudiando.


5 Tener sexo enseguida

Sostener una relación es todo un proceso, requiere de irse conociendo poco a poco, de fortalecer en primer momento una relación afectiva, conocer temperamentos, proyecciones de cada cual, y si empiezan conociéndose “por debajo de las sábanas” se saltan todo esos pasos. No es sano. Se aconseja esperarse hasta el matrimonio, pero, si no es posible, recomiendan que lo hagan cuando ya haya equilibrio emocional.


6 No fortalecer el cariño y el afecto

Eso se da al no buscar los canales adecuados que ayuden a establecer una buena relación. No tener una actitud adecuada para valorar a su pareja, o buena autoestima para saber cómo se encuentra usted mismo y valorar al otro. Si no cuida a su pareja y por el contrario la daña susceptible, física o psicológicamente. Eso no es amor.



7 No ser transparente

Si le miente a su pareja y peor aún, si es descubierta/o, la relación se basa en falta de confianza. Además, si no se muestra realmente como lo que es, dando una falsa impresión, con el paso del tiempo el otro se dará cuenta de que todo era inventado. Una desilusión total.



8 No dedicarle tiempo

Si es una relación basada en la rutina, si no planean estar juntos, escaparse de vez en cuando solitos para compartir y conocerse, pareciera que no hay interés en que la relación se alimente. No hay espacio para cariñitos ni para reforzar el sentimiento y con solo uno que no se sienta parte importante de la vida del otro, empieza la duda si en verdad ¿me quiere o no me quiere?


9 Ser egoísta

Esperar que el otro cambie de acuerdo con su conveniencia, según su estilo de vida, su carácter. Si no ignoran cualquier cosa en que no concuerden acerca de sus estilos de vida, valores y creencias, lleva al fracaso. El amor verdadero puede conquistar tales diferencias insignificantes.


10 Realmente no hay interés

Otra manera de arruinar una relación es que el hombre se acerque con otras intenciones que no sean conocer o buscar puntos afines en una mujer, sino más bien “solo para tener sexo”. La mujer lo percibirá con su actitud y lo mandará a volar, claro, si es que para ella no es ese su interés.

Tomen en cuenta que una de estas actitudes es suficiente para echar a perder un romance, dos no se diga y si quiere aplicar las diez es muerte súbita.

Feliz mes del amor y la amistad para todos!!!

lunes, 8 de febrero de 2010

Protección de los Derechos Humanos en el Marco de la "Guerra Contra el Terrorismo"

La autora, Silvia Borelli, trata sobre la protección que provee tanto el Derecho Internacional Humanitario (DIH) como los Derechos Humanos (DDHH) a las personas detenidas en el marco de la “Guerra contra el Terrorismo”.

Luego del 11 de septiembre de 2001, se presenta en el escenario internacional una situación sin precedentes: una serie de intervenciones y operaciones militares de Estados Unidos en Afganistán e Iraq y otras partes del planeta, las cuales son publicitadas por los medios con el epíteto de “guerra” cuando en realidad sólo algunas de ellas se dan en el marco de un conflicto armado, siendo la mayoría Operaciones de aplicación de la Ley a Escala Internacional. La ambigüedad del término popularmente utilizado para estas operaciones: “Guerra contra el Terrorismo” ha pretendido ser utilizado para obtener provecho jurídico alegando vacíos como justificantes para la no aplicación de las protecciones que otorgan los Convenios y protocolos de Ginebra, Convención contra la Tortura y otros instrumentos jurídicos, al trato que reciben las personas detenidas en el marco de las operaciones antiterroristas que ejecuta Estados Unidos y sus aliados en países que no son Estados Parte de estas convenciones.

No obstante, la falta de voluntad de las potencias aliadas para garantizar los derechos humanos a las personas detenidas en estas operaciones, existen principios y disposiciones jurídicas, que claramente establecen la obligatoriedad de estas potencias en la protección de estos derechos, tales como:

La aplicación de los Derechos Humanos en el marco de los conflictos armados. Los que están a favor de la violación de los derechos de los detenidos, consideran que no están protegidos en el marco del DIH, puesto que la mayoría no cumple con las disposiciones contenidas en el Art. 4 del IIICG relativo a los requisitos para considerar a alguien prisionero de guerra. Esto tendría lógica si el mismo convenio no estableciera que en caso de duda sobre el estatus de un prisionero de guerra debe ser un Tribunal competente el que debe determinar si lo es o no lo es y también el hecho de que esta persona no esté protegida por el IIICG, no quiere decir que no esté protegida por el IV CG, que es el aplicable en caso de no poder considerársele prisionero de guerra. Por otra parte, el DIH no es el único aplicable en caso de conflicto armado, también lo es el DDHH el cual establece un núcleo de garantías que no puede ser suspendida bajo ninguna circunstancia: derecho a la vida, seguridad jurídica, protección contra la tortura, tratos inhumanos y degradantes. El DIH no excluye la aplicación de los Derechos Humanos, simplemente lo complementa especificando acciones encaminadas a proteger estos derechos en situaciones propias de un conflicto armado.

La jurisdicción del Estado. Algunos Estados alegan que las detenciones y violaciones tienen lugar en territorios de Estados que no son parte contratante de los Convenios o que las personas que están en su poder son nacionales de estados no firmantes. No obstante, los Estados al firmar los convenios se hacen responsables de respetarlos a todas las personas que estén bajo su jurisdicción no importa si provienen de Estados no contratantes. Si la violación se da fuera del territorio del estado contratante la jurisdicción y por ende su responsabilidad está determinada por el grado de control que tiene el Estado en ese lugar. Por ejemplo: cuando el territorio iraquí estaba bajo control de Estados Unidos era éste el que debía responder por violaciones perpetradas en él; ahora, que el poder ha sido entregado al gobierno de ese país, USA tiene responsabilidad limitada a la ocupación que ejerce en algunas bases bajo su control. Otra forma de establecer su jurisdicción es por la acción de sus agentes: si fuerzas de ese estado no tienen un control total de una parte del territorio, pero realizan actos de violación a los derechos humanos, el Estado del cual forman parte es el responsable.


Principio de No Devolución. Este principio es muy importante, en vista que otro alegato frecuente es que al prisionero le violenta sus derechos otro Estado que no es parte contratante del Convenio. Este principio establece que el Estado es responsable de la situación de una persona que esté en su jurisdicción si la entrega por medio de extradición, depósito, deportación, etc. a un tercer Edo. que le pueda violentar sus derechos o a un Edo. que lo pueda entregar a su vez a otro Edo. que le pueda violentar sus derechos.

CG: Convenios de Ginebra
Edo.: Estado
USA: Estados Unidos
DDHH: Derechos Humanos
DIH: Derecho Internacional Humanitario

martes, 2 de febrero de 2010

Instrucciones para padres primerizos!!!

En vista de que algunos de mis amigos pronto se convertirán en padres, lo cual, según dicen, no es una tarea nada fácil, les dejo estas importantes recomendaciones que encontré por ahí. Ojalá les sirvan y se las publico hasta con dibujitos para facilitar su comprensión.

Felicidades!!!!

(También son para los que no pensamos en eso aún, más vale que nos instruyamos con tiempo).